Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo – P.P.E.R

350.00

Categoría:

Descripción

ATRIBUCIONES

RELATIVAS A LA NAVEGACIÓN

Para el gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas en las listas sexta o séptima, siempre que no lleven más de 12 personas a bordo incluida la tripulación, de eslora igual o inferior a 24 metros, en las siguientes categorías:

1. Navegaciones a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma.

2. Navegaciones de cabotaje y a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 150 millas paralela a la misma.

  • Condiciones según la categoría de atribuciones relativas a la navegación descrita en el párrafo 1 o 2 anteriores:

1. En la categoría del párrafo 1 podrán navegar aquellos poseedores del certificado de especialidad de PPER, además de los certificados necesarios en vigor.

2. En la categoría del párrafo 2 podrán navegar aquellos poseedores del certificado de especialidad de PPER con los certificados necesarios en vigor. Estarán en posesión de la tarjeta profesional de operador general del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, en vigor. Además de lo anterior, deberá acreditar un período de embarque no inferior a 24 meses en el ejerciendo como patrón.

RELATIVAS A LA FORMACIÓN

Instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las titulaciones de patrón para la navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo.

POSIBILIDADES LABORALES

  • En empresas náuticas, como patrón profesional, transportando hasta 12 pasajeros
  • En empresas náuticas, como instructor en prácticas de navegación y radiocomunicaciones
  • Empresas de buceo profesional, como patrón profesional.
  • Empresas diversas, como patrón profesional, para el traslado de embarcaciones entre puertos en la península y entre las islas de los archipiélagos

QUÉ INCLUYE

  • Temario actualizado según la D.G.M.M.
  • 25 horas de clases lectivas presenciales
  • Asesoramiento en la inscripción para el examen. Las tasas de matriculación, para tener acceso a dicho examen, son totalmente gratuitas
  • Asesoramiento en la realización de la declaración responsable sobre el periodo de navegación. Facilitando el modelo oficial de dicha declaración

REQUISITOS

  • Estar en posesión del título de Capitán de Yate.
  • Aportar una declaración responsable en la que se acredite, con indicación del nombre del buque y su matrícula, haber navegado, al menos, 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía, esta travesía deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.
  • Haber cumplido 20 años.
  • Poseer los siguientes certificados o tarjetas profesionales:

1.º De acuerdo a las atribuciones desarrolladas por la Dirección General de la Marina Mercante:

– Tarjeta profesional de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima; o bien certificado de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima si aún no ha realizado el canje por el título de operador general o restringido.

– Formación sanitaria específica, inicial o avanzada.

2.º Certificado de especialidad de formación básica en seguridad.

3.º Certificado de embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos).

  • Superar el reconocimiento médico de embarque marítimo realizado por el Instituto Social de la Marina.
  • Superar la prueba de conocimiento que determine la Dirección General de la Marina Mercante.

POR QUÉ ELEGIRNOS

En La Mar de Málaga tenemos un compromiso directo con la formación y educación náutica. Es por eso que te ofrecemos clases privadas de recordatorio de tus titulaciones anteriores para facilitarte el comienzo del curso que vamos a realizar.

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